Micelio
Auto25 de abril de 2019

A- de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Julio Enrique Rincon Barraza·Demandado Universidad De La Costa

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Sabanalarga (Atlántico), y el Juzgado Diecisiete Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Barranquilla.

La controversia se generó por las diferentes interpretaciones que hicieron los despachos involucrados respecto del factor territorial.

Teniendo en cuenta que ambos juzgados son competentes para tramitar la solicitud de amparo, la Corte dispone respetar la elección que a prevención hizo el accionante y ordena enviar el expediente a la autoridad judicial del municipio de Sabanalarga, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

La Sala advirtió al otro juzgado que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de febrero de 2019 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Sabanalarga (Atlantico), dentro del proceso de tutela de la referencia.
  3. Segundo. REMITIR al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo Municipal de Sabanalarga (Atlantico) el expediente ICC-3617, el cual contiene la accion de tutela presentada por Julio Enrique Rincon Barraza, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado Diecisiete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Barranquilla (Atlantico) que los conflictos de competencia en materia de tutela tienen que ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual en futuros casos debera observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  6. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Diecisiete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Barranquilla (Atlantico)
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.